CUMPLIMIENTO ADUANERO EN AGENCIAS ADUANALES.


INTRODUCCION

En el presente proyecto basado en el cumplimiento aduanero, brevemente expondré sobre está, fijada en el Derecho de Cumplimiento ¿qué es el Derecho de Cumplimiento? […] es una figura tomada del Derecho Anglosajón que se caracteriza más por prevenir problemas que por remediar males o castigar conductas indebidas […]1 , el cual, si bien es cierto no existe definición en el actual derecho mexicano también lo es que el Derecho de Cumplimiento […] significa actuar conforme a una regla, conforme a una especificación, a una política, a un estándar o a una Ley […]2, a mayor proveer podemos decir que […] nació junto con las practicas del Gobierno Corporativo […]3.
La figura de la Agencia Aduanal4 la cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación en el año 2018, con la finalidad de instituir mayores centros de operaciones en las aduanas establecidas en la República Mexicana, además de realizar mayores medidas de control dentro de la implementación de procedimientos por parte de agencias aduanales para que se cumpla con los requisitos establecidos dentro de ellas, es que surge la figura de la cual referiré, así como su debido desempeño con el fin de garantizar el cumplimento de leyes, reglamentos, reglas y demás ordenamientos aduaneros, fiscales además de penales, esto con la finalidad de garantizar la certeza jurídica debida y desarrollar estrategias de identificación, prevención y mitigación de riesgos.


DESARROLLO

Inicialmente definiré el concepto de Agencia Aduanal5 es persona moral autorizada en términos del artículo 167-D6 de esta Ley para promover el despacho aduanero de las mercancías por cuenta ajena en los diferentes regímenes aduaneros previstos en esta Ley.
Por consiguiente, en este sentido se debe constituir una sociedad civil7 cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la Ley la cual las regula para su legal constitución de esta.
En relación con el surgimiento de esta definición, debo de aclarar que sencillamente se trata de una sociedad civil constituida como tal para operar por medio de un agente aduanal autorizado y demás socios con la finalidad de que sean autorizados bajo los términos determinados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en este sentido necesario mencionar, que en la actualidad la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM)8, son los encargados de autorizar esta figura privada.

Ahora bien, para un verdadero cumplimiento debemos apegarnos a la Ley General de Responsabilidad Civil9 en la cual se tomará lineamientos a seguir para el debido cumplimiento aduanero correlativamente con la Ley Aduanera vigente.
Así las cosas, en este sentido de ideas, está claro que sólo la Ley Aduanera y la Ley General de Responsabilidad Civil, caso que nos ocupa les une para que de cierta forma se cumpla con el sentido del debido cumplimiento de tal manera adiciono los siguientes numerales especificando cada uno de los rubros que haré mención: 

  1.   La sociedad civil, debe cumplir con activo fijo superior a los 500,000.00 en moneda nacional, lo que siempre estar en permanente vigilancia en este rubro;
  2. Acta constitutiva, esta debe de cumplir con el objeto social de prestación de servicios de despacho aduanero de mercancías, aquí se debe manejar un lenguaje muy claro y entendible, además esta debe de tener modernización de textos conforme a los cambios legales vigentes.
  3. La sociedad debe ser conformada de ciudadanos mexicanos, con solvencia económica y al corriente de sus obligaciones fiscales,
  4.  Debe de existir un Gobierno Corporativo […] tiene sus orígenes en la idea de la empresa moderna […]10, para llevar a cabo las mejores prácticas11 dentro de la sociedad civil, así mismo tener en cuenta la creación de su Misión, Visión y Valores de la empresa.
  5.  Estar en constante vigilancia de la empresa basado en análisis de riesgos determinados para evaluar y entender indicadores específicos, utilizando metodología para medición de riesgos que establezca una relación entre indicadores referidos que tengan un peso específico y darles la importancia para describir posibles riesgos, y con esto a su vez mitigarlos.
  6. Realizar procesos definidos para la vigilancia de movimientos actividades que se consideren vulnerables conforme a la Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícita12en el rubro que se refiere a prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal.
  7. Establecer un código de ética que contenga los comportamientos o actitudes sobre el manejo de la empresa, esto con la finalidad de, tener muy claro lo de definitivamente dentro de la empresa y poner en alerta los que pueden venir de afuera de la empresa, ya que efectivamente esta actividad que se realiza crea muchos focos rojos dentro de su operación con la finalidad de no caer en los supuestos del Código Penal Federal.13
  8. Establecer dentro del Gobierno Corporativo […] conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la estructura de los órganos de gobierno […]14, y en su caso en el Consejo administrativo […] tiene todo género de facultades para el cumplimiento del objeto social […]15, de la empresa en este sentido deberá existir un oficial de cumplimiento […] persona contratada por una compañía cuyo trabajo es asegurarse que dicha empresa cumple con todas las leyes, reglamentos que aplican a su giro […]16, el cual se encargará de verificar el correcto cumplimiento de todas las normas y políticas existentes además de las obligaciones fiscales aplicables a la empresa.


CONCLUSION

Vale decir que este proyecto tendría muchas más bases que agregar ya que el tema que nos ocupa da para más, debido a que el comercio exterior no sólo abarca los puntos que hasta ahora tome en cuenta, bastaría con saber que en la operación aduanera existen un sinfín de leyes, programas de fomento al comercio exterior aplicables, así como demás leyes que corregir ya que habría que analizar demasiados errores que persisten con tantas modificaciones, adhesiones, reformas legales que realizan año con año nuestros legisladores las cuales numerosas, el de la voz aún no les encuentro la razón de su realización.
El sentido de este trabajo, es de ser posible detener las practicas prohibidas dentro del comercio exterior en nuestro país, cimentando las bases para evitar lo que parece imposible, pero estoy seguro que siguiendo las buenas prácticas operacionales al paso del tiempo se tendrá un excelente control de lo que a diario consume nuestra sociedad que es la corrupción, un cáncer que parece no tener fin, en este sentido mentalizo lo que las futuras generaciones sí las dejamos bien fundamentadas con las mejores prácticas, no sólo en este ámbito que estoy tomando como ensayo, sino en todos los sentidos profesionales o académicos tenderán a desarrollar un mejor país que dicho sea de paso bien nos hace mucha falta.
Con la esperanza de tener un México, mucho mejor en un futuro generacional es que realizo este estud
io.  

 

         1 Román Sánchez, Carlos Vital. (2020). Derecho de Cumplimiento en México. (p. 16). Editorial ISEF.
        2 Ibidem.
        3 Ibidem.
        2 Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Aduanera De 2018. Articulo 167-D.25 de junio de 2018.Diario Oficial de la Federación.
        3 Ley Aduanera Vigente. Artículo 2 fracción XX. 25 de junio de 2018.Diario Oficial de la Federación.
        4 cfr. Articulo 167-D de la Ley Aduanera; Artículo 215 del Reglamento de la Ley Aduanera; y Reglas 1.12.1,1.12.2 ,1.12.4 ,1.12.5,1.12.6 ,1.12.7 y 1.12.8 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022.
        5 congreso de la Unión, Cámara de Diputados. Ley General de Sociedades Mercantiles. (2018). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lgsm.htm.
        6 Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México. 21 de diciembre de 2021.Diario Oficial de la Federación.
        7 Articulo 25. Ley General de Responsabilidades Administrativas.27 de diciembre de 2022.Diario Oficial de la Federación

        10 Delgado Martínez, Irma. Algunas reflexiones sobre gobierno corporativo. Instituto de Investigaciones Económicas UNAM, Vol. 1, núm. 2, enero-abril del 2010. https://rde.iiec.unam.mx/revistas/2/articulos/4/41.php https://rde.iiec.unam.mx/revistas/2/articulos/4/Algunas_reflexiones_sobre_el_gobierno_corporativo.pdf
        11 Ibidem.
        12 Artículo 17 fracción XIV. Ley Federal de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícita. Ultima reforma 20 de mayo de 2021.Diario Oficial de la Federación.
        13 Artículos 222 y 223. Código Penal Federal.18 de junio de 2016.Diario Oficial de la Federación.
        14 Román Sánchez, Carlos Vital. (2020). Derecho de Cumplimiento en México. (p. 18). Editorial ISEF.

        15 Mondragón Pedrero, Alberto Fabian en Adame López, Ángel Gilberto. Coordinador. La Sociedad Anónima y sus órganos sociales en Homenaje al doctor Othón Pérez Fernández del Castillo por el Colegio de Profesores de Derecho Civil, Facultad de Derecho-UNAM. México, (2017). https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv/detalle-libro/4488-homenaje-al-doctor-othon-perez-del-castillo-por-el-colegio-de-profesores-de-derecho-civil-facultad-de-derecho-unam https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4488/21.pdf 16 Román Sánchez, Carlos Vital. (2020). Derecho de Cumplimiento en México. (p. 23). Editorial ISEF.